Los aspectos más relevantes de la nueva reforma fiscal

Si usted esperó a que se aprobara el proyecto fiscal para empezar a estudiarlo, estas notas reseñan sus principales rasgos a efecto de facilitar su estudio detallado y posterior.

Migramos hacia un IVA:

El nuevo Impuesto de Valor Agregado se diferencia de nuestro actual impuesto de ventas en que grava todos los servicios; introduce tres nuevas tasas y permite que todos los impuestos que el productor de bienes o el prestador de servicios deba pagar o soportar, los pueda luego usar como crédito y entonces recuperar y no afectar con ello el costo final de su bien o producto. Claro, algunos servicios nos saldrían ahora más caros, pero no necesariamente 13% más caros pues ahora los prestadores del servicio podrán reducir el costo de los mismos al acreditarse como impuesto y no como costo, el impuesto que a ellos les cobran.

La canasta básica queda gravada con un 1% y queda exenta la educación privada preescolar, primaria, secundaria, universitaria, parauniversitaria y técnica:

La lista de bienes o servicios que no pagan es de 86 items y destacan los alquileres de locales de pymes y las casas de alquiler de menos de 650.000 colones al mes. Se gravan ahora los servicios prestados por plataformas tecnológicas como Netflix, por ejemplo, o los servicios de actualización de programas antivirus. Y novedoso, si paga con tarjeta le devuelven el 4% de la consulta con el médico. Hay más, pero con esto está usted al día.

En renta, cambios importantes:

Primero lo que no cambia: ni la tarifa de las empresas ( queda en 30%), ni pagan rentan los intereses en cuentas corrientes ni de ahorro, ni tendremos renta mundial, aunque sí alguna forma de renta global ( son diferentes ).  Pero sí aumenta el impuesto sobre las inversiones en títulos, por ejemplo, una inversión en un certificado de depósito, que hoy paga un 8% y ahora pagaría un 15%. También aumenta lo que deben pagar los asalariados con salarios más altos (pasan de 15% a 20 y 25 en los tramos más altos). Disminuyen las tasas para pymes, pero sube el impuesto a los rendimientos de cooperativistas y solidaristas.

Ganancias de capital:

Se crea una alícuota nueva de 15% sobre las ganancias de capital: si usted compra  un lote hoy en 1 millón y lo vende luego en 2 millones, no paga nada ( a menos que se dedique usted a vender lotes, claro) pero con la nueva ley, pagaría 150 mil colones, el 15% del millón de ganancia. No paga si vende la casa en que habita, aunque esté a nombre de una sociedad, ni las herencias pero si los premios de lotería.

Otras novedades:

Por ejemplo, la posibilidad de pagar solo 15% de impuesto sobre los ingresos que usted genere por alquileres. Se cambia el período fiscal para que sea igual al del año natural y se aclara cuando es que se debe pagar renta por diferencial cambiario. Hay otras cosas con nombre extraños como asimetrías híbridas y cláusula antielusión, que buscan evitar que con medios sofisticados y usos de contratos y sociedades en otro países, no se pague nada.

Hay más, pero con esto tiene usted para formarse una buena idea. Lo más importante es armarse de paciencia, sacar el rato para leer esta nueva ley y entender cómo lo impacta y ante todo, a pesar de que sea muy difícil, no perder el buen modo ni el buen humor con los impuestos. Al final, son parte de nuestra vida y como a un dolor de muelas, hay que saber sobrellevarlos.

El Financiero

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