Vence el plazo para presentar la declaración del Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales (RTBF): ¿Está su empresa al día?
El próximo 30 de abril vence el plazo para que todas las personas jurídicas en Costa Rica —activas e inactivas— cumplan con la declaración anual del Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales (RTBF). Esta obligación es parte de los esfuerzos del Estado costarricense para combatir el fraude fiscal, la legitimación de capitales y el financiamiento al terrorismo.
La declaración del RTBF tiene como objetivo identificar a los beneficiarios finales detrás de las estructuras jurídicas, lo que incluye no solo sociedades anónimas y de responsabilidad limitada, sino también fideicomisos, cooperativas, asociaciones solidaristas, mutuales y otras organizaciones sin fines de lucro.
¿Qué sucede si no se presenta esta declaración?
El Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica (CCPCR) ha emitido una advertencia clara: el incumplimiento conlleva sanciones severas, tanto económicas como operativas. La principal multa económica equivale al 2% de los ingresos brutos del periodo fiscal anterior, con un mínimo de tres salarios base (aproximadamente ¢1.386.600) y un máximo de cien salarios base (alrededor de ¢46.220.000).
Además, el incumplimiento puede derivar en:
- Imposibilidad de obtener certificaciones de personería jurídica o inscribir documentos en el Registro Nacional.
- Obligación de los notarios públicos de declarar el incumplimiento en los documentos que emitan.
- Limitaciones prácticas para operar legalmente en el país.
Pasos para presentar la declaración RTBF correctamente
Para cumplir con la obligación, las personas jurídicas deben completar el siguiente proceso:
- Obtener un Certificado de Firma Digital.
- Descargar e instalar el firmador BCCR desde www.soportefirmadigital.com.
- Activar el firmador BCCR en la computadora.
- Suscribir la entidad obligada en la plataforma Central Directo.
- Inscribirla en el RTBF.
- Registrar un correo oficial para notificaciones y confirmarlo.
- Llenar los datos de:
- La persona jurídica.
- Composición del capital social (100%).
- Participaciones y beneficiarios finales (por titularidad o control).
- Declarar la participación de personas jurídicas extranjeras, si aplica.
- Enviar la declaración.
- Verificar y actualizar los datos del representante legal o apoderado.
- Revisar el resumen y firmar la declaración jurada.
Atención: Personas jurídicas inactivas también están obligadas
Las sociedades inactivas no solo deben presentar el RTBF, sino también el Formulario D-195-1, conocido como la Declaración Informativa de Personas Jurídicas Inactivas.
Este formulario requiere detallar información sobre:
- Bienes (muebles, inmuebles, marcas, membresías, etc.).
- Saldos de efectivo o bancos.
- Cuentas por cobrar y pagar.
- Persona responsable de los gastos de la sociedad.
Sanciones por incumplimiento con el D-195-1:
- ¢231.100 por mes o fracción por presentación tardía.
- ¢4.622 por cada dato incorrecto declarado.
- ¢462.200 por no llevar registros contables, si corresponde.
Obligación adicional: Correo electrónico oficial
La reciente Ley N.º 10.597 obliga a todas las sociedades mercantiles a registrar y mantener un correo electrónico oficial para efectos de notificaciones administrativas y judiciales. Si no se cumple con este requisito, las notificaciones podrían considerarse realizadas automáticamente, con las consecuencias legales que ello implica.
¿Necesita apoyo para cumplir con estas obligaciones?
En JGutierrez Auditores Consultores S.A. acompañamos a nuestros clientes en el cumplimiento normativo integral, ofreciendo:
- Asesoría para el llenado y envío del RTBF y el D-195-1.
- Revisión de cumplimiento legal y fiscal para personas jurídicas activas e inactivas.
- Gestión del correo oficial y actualización de registros ante el Registro Nacional.
- Evitación de sanciones mediante control oportuno de obligaciones formales.
Contáctenos hoy mismo para garantizar que su sociedad cumpla con todos los requisitos antes del 30 de abril.
JGutierrez Auditores Consultores S.A.
Cartago, Costa Rica
+506 8811-5090 | jgutierrez@consultoresjg.com
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