¿Quiénes deben actuar como agentes de retención del Impuesto sobre las Remesas al Exterior?

Están obligados  a actuar como  agentes de retención del Impuesto sobre las  Remesas al Exterior, las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, domiciliadas en Costa Rica que paguen, acrediten o de cualquier forma pongan a disposición de personas no domiciliadas, las rentas o beneficios de fuente costarricense. Fundamento  Legal: Artículo 56 de la LeyContinuar Leyendo