¿Cuáles son los requisitos para solicitar una rectificación de los pagos parciales de renta?

Requisitos para solicitar una rectificación (modificación o eliminación) de los pagos parciales del impuesto sobre la renta del período.

  1. Presentar ante la Administración tributaria a la que se encuentre adscrito el interesado, solicitud escrita firmada por el representante legal ( personas jurídicas y otros entes jurídicos) o propietario del negocio u establecimiento (personas físicas), indicando los motivos y fundamentos legales de la solicitud.
  1. Estado de situación a la fecha de la solicitud y proyectado al cierre del período fiscal que ostente el interesado.
  1. Estado de Resultados a la fecha de la solicitud y proyectado al cierre del período fiscal que ostente el interesado.
  1. Los Estados citados, deben venir firmados por el Representante Legal y Contador o Gerente / Director Financiero de la empresa.
  1. Personería jurídica, con no más de tres meses de emitida (caso de personas jurídicas y otros entes jurídicos).
  1. Si la presentación de la solicitud se hace por medio de un tercero, éste debe venir debidamente autorizado por el propietario o representante legal de la empresa, según corresponda.

Tratándose de  Grandes Contribuyentes Nacionales, Grandes Empresas Territoriales (Getes) y otros contribuyentes, registradas en el Sistema de Tributación Digital, el trámite lo deben realizar por este medio, ingresando a:

  • Trámites y solicitudes
  • Solicitudes
  • Solicitud de Pagos Parciales

Cuando se hace la solicitud, se debe adjuntar los siguientes documentos:

  1. Solicitud escrita firmada por el representante legal (caso de personas jurídicas y otros entes jurídicos) o propietario del negocio u establecimiento (personas físicas), indicando los motivos y fundamentos legales de la solicitud.
  1. Estado de situación a la fecha de la solicitud y proyectado al cierre del período fiscal que ostente el interesado.
  1. Estado de Resultados a la fecha de la solicitud y proyectado al cierre del período fiscal que ostente el interesado.
  1. Los Estados indicados, deben venir certificados por un por un Contador Público Autorizado y estar firmados por el Representante Legal y Contador o Gerente / Director Financiero de la empresa.
  1. Personería jurídica, con no más de tres meses de emitida (personas jurídicas y otros entes jurídicos).

Cabe indicar que los documentos se deben adjuntar en un documento PDF .El archivo no puede ser superior a 4MB.

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